El Tribunal Superior de Justicia de Navarra desestimó el recurso de suplicación de una empresa de Navarra frente a una sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 1 de Pamplona, que obliga a abonar al trabajador la cantidad de 211.538,76€ por los daños y perjuicios sufridos (dos procesos neoplásicos), después de haberle calificado el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) en situación de INCAPACIDAD PERMANENTE ABSOLUTA POR ENFERMEDAD COMUN viéndose obligado a recurrir y obtener que la incapacidad fuera por ENFERMEDAD PROFESIONAL.
En la sentencia aparece muy bien documentado el perfil de su puesto de trabajo.